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Bodas con extranjeros: ¿Qué documentación se debe presentar?

Bodas con extranjeros: ¿Qué documentación se debe presentar?

Casarse por la iglesia con alguien de otra nacionalidad implica otro tipo de papeleo.

El primer paso consiste en apartar la iglesia, la cual debe contar con un párroco que hable su idioma. Se aconseja que este trámite se realice con un mínimo de tres meses de anticipación debido al tiempo que tardarán en expedirles la licencia matrimonial, la cual tienen que entregar obligatoriamente en la iglesia antes de la misa. ¿Te vas a casar con alguien de otra nacionalidad? Aquí lo que necesitas saber sobre las bodas con extranjeros.

Posteriormente, los novios deberán comunicarse a la Oficia
lía de Matrimonios de la Arquidiócesis Primada de México para hacer la presentación matrimonial. A dicha cita deberán ir acompañados por sus papás o dos familiares cercanos, quienes fungirán como testigos.

En el encuentro se les informará acerca de la documentación y pláticas que se requieren para integrar su expediente prematrimonial, que por lo regular consta de:

  1. Acta de bautismo actualizada por la parroquia donde se recibió ese sacramento.
  2. Boleta de confirmación (original y copia).
  3. Acta de nacimiento.
  4. Comprobante de domicilio.
  5. Dos fotografías tamaño pasaporte, de los contrayentes. 
  6. Acta de matrimonio civil.

Luis Álvarez Neri, secretario de dicha oficina, aconseja asistir a la cita aún cuando no se disponga de la documentación completa, con el fin de orientar a la pareja respecto de dónde y cómo conseguirla.

Además de eso, será necesario que el contrayente extranjero traiga un escrito conocido como “testimonio de libertad y soltería”, el cual debe estar firmado y sellado por el obispo, el secretario o el oficial de matrimonio de la arquidiócesis de su lugar de origen. Este documento confirma que la persona no se ha casado anteriormente conforme al ritual católico.

En caso de que uno de los novios no pertenezca a esta religión, debe entrevistarse con alguna de las autoridades mencionadas para que, una vez que confirme el respeto a la fe de su pareja, le expidan una carta de compromiso moral. Por su parte, el contrayente católico tendrá que solicitar una dispensa del episcopado, en la que se le autorice a unirse con alguien de otro credo.

En cuanto hayan reunido todos los papeles y entreguen las constancias tanto de su asistencia a las pláticas prematrimoniales como de la publicación de las amonestaciones en sus respectivas parroquias, se procederá a la expedición de la licencia matrimonial.

Finalmente, deben llevar este documento a la iglesia donde se realizará la ceremonia (la mayoría de las iglesias piden que esto se haga con una anticipación de entre una semana y un mes), así como liquidar el costo del servicio religioso.

Si deseas contraer nupcias con alguien de otra nacionalidad por el civil, deberán entregar varios documentos; entre ellos, su forma migratoria vigente, identificaciones oficiales y una carta en la que ambos declaren no tener impedimentos legales para casarse.

Para más información sobre bodas con extranjeros aquí.